El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) ha informado que los contribuyentes tienen hasta el 31 de marzo para realizar la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta (ISLR) correspondiente al ejercicio fiscal. El incumplimiento de esta obligación tributaria podría acarrear sanciones contempladas en el Código Orgánico Tributario (COT).
Proceso de Declaración
Para cumplir con este requisito, los contribuyentes pueden acceder al trámite mediante el portal web del Seniat. Allí, ingresando con su usuario y contraseña, podrán realizar la declaración de forma rápida y segura.
Sanciones por Incumplimiento
El COT establece las siguientes penalidades por omisión o tardanza en la declaración:
- Por no presentar la declaración:
- 10 unidades tributarias (UT) por cada declaración omitida.
- Incremento de 10 UT por cada reincidencia, hasta un máximo de 50 UT.
- Por declaración fuera del plazo:
- 5 UT por presentar la declaración fuera del tiempo estipulado.
- Aumento de 5 UT adicionales por cada infracción, con un límite de 25 UT.
Pago Fraccionado del Impuesto
Aquellos contribuyentes que opten por pagar el impuesto en partes deben cumplir con el siguiente esquema:
- Primera cuota: antes del 31 de marzo.
- Segunda y tercera cuotas: según el cronograma definido en la Providencia Administrativa n.º SNAT/2003/1697.
Se exhorta a todos los ciudadanos a cumplir con esta responsabilidad fiscal dentro del plazo establecido para evitar sanciones y contribuir al desarrollo del país.